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La conmoción por el caso de Fernanda Almada, la joven de 18 años que se quitó la vida tras haber sido víctima de bullying en la escuela a la que iba en Resistencia y por el ataque en la Escuela N° 40 Mariano Moreno, en la ciudad santafesina de San Cristóbal, se volvió a instalar con fuerza el debate sobre la edad de imputabilidad en Argentina.  

 

En el caso de Chaco, se investiga si los involucrados en el bullying a Fernanda son menores de edad para definir si podrán ser detenidos, mientras que en Santa Fe, el adolescente de 15 años señalado como autor del homicidio de un compañero y de herir a otros dos no puede ser juzgado penalmente bajo el esquema actual. 

La nueva legislación que reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años todavía no entró en vigencia. "No es punible por la edad. No ha entrado en vigencia la norma", explicó el ministro de Justicia y Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni. Según precisó, dentro del marco legal vigente se aplicarán las medidas posibles para garantizar contención en un caso de estas características.

 

La Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil fue promulgada y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026. Sin embargo, el propio texto establece un plazo de 180 días para su implementación, por lo que comenzará a regir recién a principios de septiembre.  

 

Hasta entonces, sigue vigente el régimen actual, que establece que los menores de 16 años son inimputables y no pueden recibir condena penal, más allá de las medidas de protección que dispongan los jueces.

¿Cómo es el nuevo sistema penal juvenil?

El nuevo sistema introduce un cambio profundo en el abordaje de los delitos cometidos por adolescentes. Deja atrás el modelo tutelar vigente desde 1980 y lo reemplaza por un proceso penal formal, con intervención de fiscales, derecho a defensa técnica, producción de pruebas y sentencia judicial. 

Además de fijar la punibilidad desde los 14 años, la reforma modifica el tratamiento de los jóvenes de 16 y 17, elevando el mínimo de pena necesario para aplicar prisión efectiva. También incorpora garantías específicas, con equipos especializados en justicia juvenil y defensa desde el inicio del proceso.

En cuanto a las sanciones, la privación de la libertad queda reservada para delitos graves como homicidios, abusos o secuestros, y se prohíbe la prisión perpetua para menores de 18 años. Para hechos de menor gravedad, se priorizan alternativas como restricciones de contacto, limitaciones de circulación, trabajo comunitario o monitoreo electrónico. 

El régimen también fija un máximo de 15 años de prisión y establece condiciones de detención diferenciadas, con espacios separados de los adultos y adecuados a la edad de los adolescentes.

La implementación de la ley contempla una inversión superior a los 23.700 millones de pesos, destinada principalmente a reforzar la defensa pública y adaptar la infraestructura judicial. Su aplicación efectiva, de todos modos, dependerá de la coordinación entre el Estado nacional y las provincias.

Autor: admin