CHACO: EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DECIDIÓ DESAFECTAR A MELCHIORI DE LA FUERZA POLICIAL
Melchiori ya se encontraba inhabilitado para ejercer funciones en tres departamentos, pero ahora fue separado de manera definitiva.
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco resolvió este martes la desafectación definitiva del comisario Daniel Augusto Melchiori de la Policía provincial. La medida se enmarca en la causa por abuso de autoridad, apremios ilegales y falsedad ideológica, iniciada en agosto tras una denuncia presentada por la organización "Todos por Todos". La decisión pone fin a la carrera policial del exjefe de la Comisaría de Taco Pozo, quien permanecía bajo investigación en la Fiscalía de Derechos Humanos. Melchiori ya había sido inhabilitado en septiembre para ejercer cargos en los departamentos Almirante Brown, Güemes y Maipú, por orden del juez técnico Rodolfo Lineras, luego de que se hiciera lugar a un hábeas corpus promovido por la ONG denunciante. Con la resolución del STJ, el excomisario queda separado de la fuerza y sin posibilidad de reasignación a ninguna dependencia policial. Desde el entorno judicial confirmaron que la medida busca garantizar la transparencia del proceso penal y evitar riesgos de interferencia mientras continúan las actuaciones en curso. La causa sigue su trámite en la órbita penal y podría derivar en sanciones adicionales si se acreditan las responsabilidades atribuidas al exfuncionario.
En paralelo, la Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del STJ —integrada por Iride Isabel María Grillo y Víctor Emilio Del Río, con la secretaría de Cecilia Araceli Vargas— trató el expediente Nº 6968/2025-2, "Asociación Civil Todo por Todos s/ hábeas corpus", y dictó la Sentencia Nº 314 con fecha 7 de noviembre de 2025. En ese marco, hizo lugar al recurso de queja deducido por la Fiscalía de Estado para habilitar la instancia y analizó la apelación presentada contra lo resuelto por la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña, que había admitido el hábeas corpus colectivo y reparador.
Tras revisar los agravios, el Superior Tribunal confirmó en lo sustancial la Sentencia Nº 81 del 22 de septiembre de 2025 dictada por el juez Rodolfo Lineras, al considerar acreditada una amenaza real y actual a la libertad ambulatoria de integrantes de la organización civil, derivada del accionar del entonces jefe policial. Al mismo tiempo, desestimó el resto de los planteos de la Fiscalía de Estado y sostuvo la validez del remedio constitucional como herramienta de tutela frente a episodios de violencia institucional.
La Sala Segunda solo introdujo una modificación en materia de costas y honorarios: ordenó que los emolumentos regulados a favor de las abogadas de la Asociación "Todo por Todos" —con un monto establecido en $1.288.000— sean abonados por Daniel Augusto Melchiori, conforme el artículo 17 de la Ley 886-B. Esa decisión agrega un efecto patrimonial directo sobre el exfuncionario, sin alterar el carácter preventivo y reparador de la medida adoptada para resguardar a los amparados, y se enmarca en el criterio de responsabilización individual por los actos lesivos.
Con este pronunciamiento, que reafirma el control judicial sobre el ejercicio del poder coercitivo estatal, se consolidan los efectos del hábeas corpus y la separación definitiva de Melchiori de la fuerza. En lo inmediato, continúan las actuaciones penales y administrativas en sedes competentes —incluida la Fiscalía de Derechos Humanos— para determinar eventuales sanciones adicionales. El alcance práctico de la resolución es impedir eventuales interferencias en la investigación y preservar condiciones de seguridad para el desarrollo de las tareas comunitarias en Taco Pozo y su zona de influencia, mientras se avanza en la determinación de responsabilidades.
fm los angeles

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