Jueves, 23 de julio
GENERALES

PRESENTARON UN PROYECTO PARA DEROGAR LA LEY DE ETIQUETADO FRONTAL

El proyecto presentado por los diputados busca "restituir la libertad de los productores y consumidores".

Los diputados nacionales del PRO, Alejandro Bongiovanni y Daiana Fernández Molero, presentaron un proyecto para derogar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como Ley de Etiquetado Frontal. 

Según los legisladores, la ley "confunde a los consumidores y obstaculiza el comercio internacional de productos argentinos". En un video publicado en X (antes Twitter), criticaron la ley por considerarla "excesivamente paternalista" y aseguraron que no cumple con su propósito informativo. "Si todo tiene sello, es como si nada tuviera sello", expresaron, comparando la medida con un trato infantil hacia los consumidores.

El proyecto presentado por los diputados busca "restituir la libertad de los productores y consumidores" mediante la derogación de la Ley N° 27.642. En el texto, se argumenta que los objetivos de la ley podrían cumplirse de manera más eficaz con la normativa ya vigente en el Código Alimentario, relacionada con el rotulado, la comercialización y la información. 

Además, el proyecto destaca que no tiene costo fiscal, ya que no requiere fuente de financiamiento. La ley afectaría a productores, exportadores, importadores y comercializadores de alimentos, así como a sus consumidores.

¿Qué dice la Ley de Etiquetado Frontal?

La Ley de Etiquetado Frontal, aprobada en 2021, tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, mediante etiquetas claras y verídicas. 

 

Su implementación busca prevenir la malnutrición y reducir enfermedades crónicas no transmisibles. La ley obliga a los alimentos y bebidas envasados a incluir leyendas como "Exceso en azúcares", "Exceso en sodio", "Exceso en grasas saturadas", entre otras. 

Además, si un producto contiene edulcorantes, el envase debe llevar la leyenda "Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as", y en caso de contener cafeína, la leyenda debe advertir: "Contiene cafeína. Evitar en niños/as". Estas advertencias deben ocupar al menos el 5% de la superficie del envase.

La ley también prohíbe toda forma de publicidad, promoción o patrocinio de alimentos y bebidas con al menos un sello de advertencia dirigida a niños, niñas y adolescentes. Se excluyen figuras como personajes infantiles, animaciones, celebridades y mascotas, así como promociones vinculadas a juegos, concursos o eventos.

Además, los alimentos con al menos un sello de advertencia no pueden ser comercializados ni promocionados dentro de los establecimientos educativos del país. El Consejo Federal de Educación debe promover contenidos de educación alimentaria nutricional en los niveles inicial, primario y secundario.

fm los angeles

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